El abogado y catedrático Namphi Rodríguez pidió al Tribunal Constitucional (TC) pronunciarse en un plazo razonable sobre la acción de inconstitucionalidad que interpuso para anular las disposiciones de “mordaza” de la Ley de Partidos Políticos que sancionan hasta con dos años de prisión a quienes emitan “mensajes negativos” por las redes sociales.
Rodríguez, presidente de la Fundación Prensa y Derecho, dijo que esa entidad junto al periodista y abogado Héctor Herrera Cabral recurrieron el año pasado ante el TCel artículo 44, numeral 6, de la Ley 33-18 por representar una seria violación al derecho de libertad de expresión consagrado por el artículo 49 de la Constitución.
Puntualizó que el expediente quedó en Estado de fallo en noviembre y dijo que por la urgencia de los plazos electorales el tribunal debería pronunciar su sentencia antes del inicio del período de precampaña.
“En el marco de una precampaña electoral, la ciudadanía tiene derecho a obtener información relacionada con el accionar de los candidatos, sea esta negativa o positiva, pues la información garantiza la transparencia, permite fiscalizar las funciones públicas, pero sobre todo es una forma de fortalecer la democracia”, dijo el jurista.
Adujo que la penalización de la difusión de información sobre un precandidato, no puede depender del hecho de que la misma sea “negativa” o “empañe” la imagen de éste, ya que ninguna de los anteriores calificativos guardan relación con la veracidad de la información o determinan invade el ámbito de la privacidad, o si responde a una intención dolosa de dañar la imagen y buen nombre del precandidato.
“Existe infinidad de supuestos en los cuales una información relacionada con el accionar público de un precandidato pudiera resultar “negativa” para su imagen, pero necesaria para la transparencia y el debate público, por lo que es inconstitucional prohibirla”, subrayó.
Sostuvo que cualquier ciudadano que se haga eco de un “mensaje negativo” en una red social contra un precandidato corre el riesgo de ser perseguido penalmente, lo cual es una clara desnaturalización del ejercicio del libre acceso y, sobre todo, difusión de la información, por lo tanto, deviene en inconstitucional”, adujo.
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