La Autoridad Metropolitana de Transporte advirtió este lunes que la instalación de luces adicionales en los vehículos, en especial de las denominadas barras led o de alta intensidad, están prohibidas por el artículo 144 de la Ley 241 sobre Tránsito y sus modificaciones, por lo cual las personas que las hayan colocado en sus automóviles deberán retirarlas de inmediato.
El organismo alertó que dichas luces serán incautadas y los conductores fiscalizados. En un comunicado, señala que a diario se reciben quejas de ciudadanos sobre el particular, en el sentido de que pierden la visibilidad al encontrase de frente con vehículos dotados de esas luces, razón por la que se tomaran los correctivos de lugar.
La AMET explicó que las normas internacionales precisan que los focos delanteros, de reversa y de posición deben ser blancas, y las traseras, rojas.
A través de un parte de prensa, divulgado la tarde de hoy, la AMET dijo que el tipo de luces led es permitido a la Policía Nacional y organismo de emergencia.
“No permitiremos que ciudadanos sigan utilizando vehículos con luces súper potentes y las denominadas barras led. Hemos detectado que colocan estas luces sobre el toldo o cabina en las camionetas”, precisa el comunicado.
La AMET explicó que la ley precisa que los vehículos deben tener por lo menos dos faros de luz blanca en su parte delantera, uno a cada lado capaces de alumbrar hacia el frente la carretera por un trecho 150 metros (luz alta) y que produzcan además una luz de menor intensidad (luz baja), dispuestos en forma tal que el borde del haz luminoso de la luz baja, a una distancia de ocho metros, quede a la misma altura del foco proyector; disponiéndose que dichas luces de menor intensidad podrán estar colocadas en faros independientes.
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