El empresario Jacques Michel Dartout, desmiente las acusaciones en su contra de propiciar los incidentes ocurridos en Las Terrenas, Samaná, por parte de los socios de la empresa de servicio privado de Energía Luz y Fuerza.
«Lamento profundamente lo ocurrido en Las Terrenas y me solidarizo con los familiares de las personas que perdieron la vida en medio de los disturbios, siempre he sido partidario de soluciones pacificas a cualquier diferencia», expresó Dartout, Administrador Judicial de la empresa Luz y Fuerza.
Jacques Michel Dartout, asumió como Administrador Judicial, por mandato de sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia, «los conflictos quieren impedir que se concluya la auditoría en marcha ordenada por la Suprema Corte de justicia y que claramente develaría los malos manejos financieros», explicó Dartout, al momento de destacar su apoyo a la resolución SIE-040-2014-MEM de la Superintendencia de Electricidad.
El Juzgado de primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná emitió la sentencia 175-2002 del 12 de Junio de 2002 donde acoge la demanda realizada por Dartourt en referimiento, en designación de administrador Judicial y en la cual ordena les sean entregados los libros, balances, facturas, las llaves de la empresa y toda la documentación necesaria de la empresa eléctrica Luz y Fuerza, lo cual no se ejecutó.
El 30 de julio de 2002 la Cámara Civil y Comercial de la corte de apelación del departamento judicial de San Francisco de Macorís emite la sentencia civil 165-02 donde declara la competencia del presidente de la corte de primera instancia de Samaná para emitir la sentencia 175-2002.
El 24 de enero de 2012 la Suprema Corte de Justicia confirma mediante resolución 221-2012 la sentencia dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento judicial de San Francisco de Macorís y ordena que la siguiente resolución sea publicada en el boletín judicial.
En septiembre de 2002 se firma un acuerdo armonioso de accionistas y el 24 de abril de 2014 dicho acuerdo fue declarado como nulo de manera unilateral por la otra parte.
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