La Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) condenó a la República Dominicana, mediante sentencia, y le ordena desconocer la aplicación de la Sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional y dejar sin efecto toda norma constitucional, legal, y reglamentaria con relación a los casos de la nacionalidad de descendientes de haitianos.
Responsabilizó al país de la expulsión de personas “haitianas y dominicanas”, violación de los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, al nombre, a la nacionalidad y exigió adoptar las medidas de derecho interno para evitar que la Sentencia 168-13 del TC continúe produciendo efectos jurídicos.
“Adoptar las medidas necesarias para dejar sin efecto toda norma de cualquier naturaleza, sea ésta constitucional, legal, reglamentaria, administrativa o cualquier práctica o decisión o interpretación que establezca o tenga por efecto que la estancia irregular de los padres extranjeros motive la negación de la nacionalidad dominicana a las niñas y niños nacidos en territorio de República Dominicana”, advirtió el organismo.
Exigió además adoptar las medidas legislativas, incluso, “si fuera necesario constitucionales, administrativas y de cualquier otra índole que sean necesarias para regular un procedimiento de inscripción de nacimiento que sea accesible y sencillo, de inmediatamente después de su nacimiento independientemente de su ascendencia u origen y de la situación migratoria de sus padres”.
Advirtió también, luego de condenar a la RD al pago por daños material e inmaterial de costas y gastos, que supervisará el cumplimiento íntegro de la sentencia y que dará por terminado el caso una vez el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma.
La CIDH estableció que su sentencia constituye per se una forma de reparación y ordenó la reparación integral, en virtud de las cuales el Estado debe adoptar las medidas necesarias para que las víctimas dominicanas, según el caso, sean debidamente registradas y cuenten con la documentación necesaria para acreditar su identidad y nacionalidad dominicana.
“En el caso de las víctimas que son investigadas, dejar sin efectos las investigaciones administrativas, así como a los procesos judiciales civiles y penales en curso vinculados a sus registros y documentación; adoptar las medidas necesarias para que una víctima haitiana pueda residir o permanecer en forma regular en el territorio de RD, brindar gratuitamente; realizar las publicaciones ordenadas en la sentencia y programas de capacitación de carácter continuo y permanente de los miembros de las Fuerzas Armadas, agentes de control fronterizo y encargados de procedimientos migratorios y judiciales, vinculados con materia migratoria.
La Corte estuvo integrada por Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia), presidente; Roberto F. Caldas (Brasil), vicepresidente; Manuel Ventura Robles (Costa Rica), Eduardo Vio Grossi (Chile), y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México). Los jueces Diego García-Sayán y Alberto Pérez Pérez se excusaron.
Según las motivaciones de la CIDH, el caso se refiere a las supuestas privaciones ilegales y arbitrarias de libertad y posteriores expulsiones sumarias de personas dominicanas y haitianas hacia Haití, incluidas niñas y niños, ocurridas entre los años 1999 y 2000, sin las debidas garantías y sin acceso a un recurso efectivo para garantizar sus derechos.
Indicó que la CIDH determinó la responsabilidad del Estado por la violación de los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, al nombre, a la nacionalidad y, por el conjunto de dichas violaciones, al derecho a la identidad, en consideración de que las expulsiones de Willian, Awilda, Luis Ney y Carolina Isabel, todos de apellido Medina, así como de Rafaelito Pérez Charles, se efectuaron desconociendo sus documentos de identificación personal y que acreditaban su nacionalidad.
El diputado de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), Vinicio Castillo Semán, considera que el fallo dado a conocer ayer por la CIDH es un insultante desconocimiento a la Constitución, a la autoridad suprema del Tribunal Constitucional, del Congreso y a su soberanía. “La CIDH pretende dar un golpe de Estado a los poderes públicos de RD al desconocer la autoridad suprema del TC y su fallo 168-13; la autoridad del Presidente y el Congreso como responsables de la Ley 169-14”.
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