Un 32 % de los conductores evaluados en punto de revisión de alcoholemia, dio positivo a la presencia de alcohol en su organismo, en el operativo más reciente que se llevó a cabo en la avenida Hermanas Mirabal, Santo Domingo Norte.
Después de una prueba inicial cualitativa realizada por la Unidad de Alcoholimetría de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), a 130 conductores, 89 de éstos resultaron negativo y 41 positivo.
El total de los conductores que fueron evaluados de manera aleatoria y reflejaron presencia de alcohol en el organismo en la prueba inicial cualitativa o de tamizaje, recibieron las orientaciones y explicaciones sobre las consecuencias de conducir bajo los efectos del alcohol de parte de las autoridades de la DIGESETT.
El operativo fue realizado en horas de la noche del pasado fin de semana en la avenida Hermanas Mirabal, próximo al residencial Máximo Gómez en Santo Domingo Norte.
De los 130 conductores cuya evaluación cualitativa arrojó presencia de alcohol en el organismo, en una segunda prueba cuantitativa o evidencial, 19 resultaron con un grado superior al permitido por la Ley 63-17, que es 0.25 mgr/litro en el aire espirado; mientras que 20 conductores dieron niveles por debajo del legalmente establecido en esa segunda prueba, por lo que pudieron marcharse hacia sus respectivos destinos.
El informe realizado por el Observatorio Permanente de Seguridad Vial del INTRANT (OPSEVI), con datos recogidos por la DIGESETT, indica también que de los 19 conductores que sobrepasaron el límite de alcohol, tres lograron disminuir el grado de alcoholemia luego dos horas legales de retención en cumplimiento de la Ley, y 16 pudieron marcharse tras ser recogidos por familiares y/o relacionados que se responsabilizaron de llevarlos a su destino final, ya que no alcanzaron disminuir el nivel de alcohol, como lo establece el Párrafo I del Artículo 259 de la Ley 63-17.
Asimismo, el informe de OPSEVI expresa que del total de conductores que arrojó resultados positivos respecto a la presencia de alcohol en la prueba inicial cualitativa o de tamizaje, 19 eran hombres y dos mujeres.
El Artículo 259 de la Ley 63-17 expresa que las pruebas de alcoholimetría serán efectuadas sobre conductores que deberán espirar sobre el instrumento, con el propósito de detectar la presencia de alcohol en la respiración, y determinar el grado consumido.
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